El objetivo de este artículo va a ser cuestionar lo que realmente supuso
la Constitución federal de 1787 de los Estados Unidos en materia de democracia.
Para ello, voy a desarrollar unos aspectos generales sobre la propia
Constitución; las posibles fórmulas de gobierno en las que los Padres
Fundadores se basaron para elaborarla; la opinión del concepto de «democracia»
entre las élites del país; y, por último, exponer una serie de conclusiones que
permitan resolver la problemática sobre si hubo una continuidad con respecto la
forma de gobierno anterior, un cambio moderado o si realmente significó una
transformación revolucionaria en cuanto al impulso democrático se refiere.
Introducción
La experiencia emancipadora de las Trece Colonias acaecida entre 1776 y 1783, finalizó con la elaboración de una Constitución federal que se puso en funcionamiento el 17 de septiembre de 1787. Considerada como la primera ley fundamental redactada de un Estado, ha despertado gran expectación en lo referente a su estudio y análisis. La problemática acerca de la puesta en práctica o no de una democracia extensiva a todos los niveles sociales después de la formulación constitucional, ha sido un tema de discusión desde antes de la entrada en vigor del proceso constituyente de los Estados Unidos y que ha llegado hasta la actualidad.
Escena de la firma de la Constitución de Estados Unidos por Howard Chandler Christy (1940)
Según mi criterio, no se ha separado el término «revolución» del concepto de «democracia», es decir, irían totalmente ligados. Este último derivaría del primero en términos de la Declaración de los Derechos de Virginia de 1776, la Guerra de Independencia y la ratificación de la Constitución federal en 1787. Las consecuencias directas de la Revolución varían en cuanto a las reflexiones historiográficas. Evidentemente, los soldados y los veteranos que participaron en la contienda la calificaron como tal, sin embargo, Jack. P. Greene atribuyó los acontecimientos producidos durante el conflicto no a aspectos revolucionarios, sino a un reemplazo de un gobierno lejano, es decir, la metrópoli, por uno más local porque siguiendo su punto de vista no se habrían producido alteraciones en cuanto a los vínculos de los derechos de propiedad con el pueblo colonial.